Casación No. 1-2010

Sentencia del 06/12/2010

“...Las obligaciones adquiridas por Pollo Campero, Sociedad Anónima, en dólares de los Estados Unidos de América, están registradas en su contabilidad en quetzales y al actualizar sus obligaciones en moneda extranjera, hubo una pérdida cambiaria por tal remedición, por lo que constituye un gasto deducible de acuerdo con el literal m) del artículo 38 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por lo que la Sala sentenciadora aplicó correctamente dicho artículo, criterio que ha sido sostenido por la Cámara Civil de esta Corte en los expedientes 284-2004 y 78-2005...”